12 may 2012

Notas sobre el Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Escrito por en Maximiliano Greco

No hace mucho tiempo que por todas partes se leían cosas como ésta: 




Cosa que no es cierta en sentido estricto y que se explica muy bien aquí: Una mentira retuiteada mil veces no se convierte en una verdad

Y de Rajoy algunas como éstas:
"...el objetivo de la reforma laboral es garantizar los derechos de los trabajadores. No queremos facilitar el despido sino la contratación"
"...la evolución de los salarios se negocie de acuerdo con la evolución de la actividad económica y la situación de las empresas"
Fuente: El economista

Pues como veis, efectivamente, hoy voy a hablar sobre el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El Salario Mínimo Interprofesional es una política de bienestar introducida en España en 1963, ha evolucionado en sus características hasta como lo conocemos hoy día. Se define como la retribución que debe recibir un trabajador independientemente de cualquier característica del mismo (sexo, tipo de contrato, productividad, edad, cualificación, etc.) de forma que cualquier retribución por debajo de ésta se considera ilegal y sancionable. Con esta medida se quiere reivindicar los derechos de los trabajadores y sus familias a tener un mínimo de calidad de vida (mas info aquí). Algo que muchos no saben es que el objetivo del SMI es que llegue a representar el 60% del salario medio [1
].

Por lo dicho al principio siempre me ha parecido que se ha estado atacando de forma injustificada la diferencia existente con países como Luxemburgo y demás. Ahora, me lo sigue pareciendo, pero tras informarme debidamente me lo parece un poco menos.

¿Que nos dice la teoría?

Si el mercado de trabajo funciona bajo las hipótesis básicas deseables (competencia perfecta, racionalidad, movilidad del factor trabajo perfecta, flexibilidad de salarios y precios, trabajo homogéneo, etc...) tenemos una oferta de trabajo (OL; Trabajadores) y una demanda de trabajo (DL; Empresas). Ésta se cortaran en un punto, el de equilibrio. Al introducir un salario mínimo (SM), tenemos dos posibilidades, que esté por encima (Wmin1) del punto de equilibrio o por debajo (Wmin2).


En el gráfico se aprecia perfectamente, en teoría, que un SM por encima del equilibrio (W*) crea una distorsión en el mercado haciendo que el trabajo demandado (L1, Empresas) sea menor al de equilibrio (L*), para Wmin1 provocando un exceso de oferta de trabajo
Si por el contrario el SM está por debajo del equilibrio (Wmin2), vemos que no afecta en absoluto al equilibrio ya que es un salario mínimo y el equilibrio está por encima (W*,L*).




Ahora acercándonos un poco mas a la realidad, en el gráfico de arriba he representado dos mercados de trabajo, el cualificado (OLc) y no cualificado (OLnc). Aquí vemos que algunas características, como por ejemplo que los cualificados tienen un salario de reserva mayor que los no cualificados [2]. Lo más característico de esta situación es que el salario mínimo afecta principalmente a los trabajadores no cualificados mientras que deja indiferentes a los cualificados.





En este caso, suponiendo que el mercado se encuentra en equilibrio y que el salario mínimo es igual al de equilibrio (Wmin=W*) con una misma oferta laboral (OL), ante un shock en la demanda de trabajo (aumento del desempleo causada por una recesión, por ejemplo, se produce una disminución de la demanda: pasando de DL a DL’) vemos el efecto perverso que tiene el SM en el mercado, y por tanto en la economía, ya que de no existir el SM (Wmin), el salario que marca el mercado para una demanda laboral igual a DL' sería W1 (menor que Wmin) y el nivel de empleo seria L1* (mayor que L1). Por tanto tenemos que ante una disminución de la demanda de trabajo (DL’; Empresas) el SM agrava el problema acusándolo más aún.

Hemos visto que los efectos del SM son negativos cuando se fija por encima del salario de equilibrio: Por un lado tenemos que castigamos a los trabajadores no cualificados y por otro la dependencia de la actividad económica incide, en este caso, negativamente sobre el nivel de empleo.

Evidencias empíricas del SMI en España:


Según un estudio de 
Juan José Dolado, el SMI sólo afecta alrededor del 5 o 6% de los asalariados, (como apunte esto le descarta del comportamiento deficiente del mercado laboral).



En el segmento de adolescentes se aprecia una relación negativa entre el SMI y el empleo, de forma que un aumento del 10% en el SMI provoca una disminución del 2% en el empleo de este segmento, esta relación se hace más fuerte a partir de 1990.


En los mayores de 18 años el efecto sobre el empleo es nulo, esto puede deberse a factores como la economía sumergida o el suelo salarial de la negociación colectiva que hace que sea, generalmente, distinto al SMI. 

Sobre los Perceptores del SMI incide cada vez menos sobre el trabajadores jóvenes y sin experiencia y cada vez mas en adultos, sobre todo mujeres con contratos temporales.

El estudio concluye que dado el no cumplimiento de la normativa legal y la ausencia de efectos positivos del SMI sobre el trabajo hace que sea un riesgo para la economía modificarlo al alza.
Otro estudio de Inmaculada Cebrián y otros, coincide en estos puntos, tal y como vimos en la primera parte teórica, la fijación de un salario mínimo superior al de equilibrio incide negativamente sobre el empleo, esto es mas probable en jóvenes no cualificados; en este aspecto la productividad juega un papel importante ya que si se produce un aumento del SMI por encima del incremento de la productividad de este segmento lo mas probable es que las empresas sustituyan a estos por trabajadores cualificados aunque el salario sea mayor (mayor productividad), aunque dice el estudio que depende del contexto económico (como ya vimos antes).

En general concluye que los efectos de un aumento del SMI son pequeños (algunos negativos pero el resto insignificantes). También menciona que es difícil de predecir que pasaría si el IK [1] alcanzase el 60%, teniendo en cuenta que en la actualidad se encuentra por encima del 42%, supondría un cambio de gran impacto de carácter estructural.



El gráfico nos muestra que desde su implementación, la tasa de cobertura del SMI (Índice de Kaitz) en 1963 (el actual objetivo) lleva una tendencia claramente decreciente, se pone en evidencia el deterioro en terminos relativos (salario medio) y reales (poder adquisitivo; gráfico 3), además vemos que su incidencia se va reduciendo, ver el gráfico 15, siendo una referencia para sólo una pequeña población trabajadora.

La negociación colectiva también se ve afectada por los efectos del SMI, ya que se encuentra muy ligado a ella (el SMI se usa como base en las negociaciones y por tanto es normal que se pacten salarios superiores al éste), provocando un efecto cascada sobre el resto de salarios. De esta forma un aumento del SMI para mejorar las condiciones de las categorías laborales mas bajas provocan un aumento general (nótese que también aumenta el salario medio lo que reduce la tasa de cobertura del SMI).

Una estimación que realiza el estudio valorando los posibles efectos sobre el empleo de una subida del salario mínimo de 600 a 800 euros al menos en el período 2008-2012, cumpliendo el programa del Gobierno. Supone una subida del SMI del 33,33% en cuatro años. El estudio afirma que dados los datos esta medida generaría una reducción del empleo de 3,8% en el conjunto de los cuatro años, factores que afectan al empleo de las empresas ceteris paribus. Esa reducción no es muy fuerte y puede verse compensada por aumentos en la productividad o por el contrario acentuada por la coyuntura económica.

Reflexiones:

Se podría pensar que bueno los efectos negativos no son de gran magnitud, pero ¿que pasa con la distribución de la renta? El trabajo de Berstein y Smith (1998) concluye que son positivos pero el de Neumark et al. (2006) dice que son nulos o negativos. Por tanto no hay una conclusión clara al respecto, bajo mi punto de vista la diferencia en las conclusiones de los estudios reside en el marco institucional y las regulaciones de los países analizados, de modo que con una buena planificación podría mejorarse. Ahora bien, yo me pregunto, si no hay evidencia a favor y si muchas dudas en contra: ¿Está justificado la vigencia de esta medida?

En economía nos meten en la cabeza que que el salario es un indicador de productividad, para mí, esto es una falacia. Porque como hemos visto, el salario tiene mucho que ver con factores externos a la productividad como pueden ser la regulación, negociación colectiva, inflación, etc. y poco con el avance tecnológico, inversión en capital humano y físico. 

Es lógico que la gente quiera cobrar más, lo que no lo es, es la justificación que se suele dar. Yo veo injusto que un trabajador vea aumentado su salario sólo por el hecho que haya inflación, cuando es muy probable que ese aumento no se lo haya ganado (con un aumento de la productividad) sino que simplemente se lo hayan subido a un sector y se produzca un efecto cascada, aquí también tiene mucho sentido la teoría Balassa-Samuelson pero lo dejaré para más adelante.

Para terminar, en cuanto a las frases de Rajoy sobre la reforma laboral: Sigue en su línea, porque la productividad brilla por su ausencia.

P.D. Me habría gustado una comparación a nivel europeo pero se escapa a mi posibilidades, si alguien tiene a mano los datos de europa que me lo diga y hago una comparación encantado.

[1] Índice de Kaitz (IK): Es el cociente entre el SM y el salario medio. El objetivo del gobierno pactado en La Carta Social Europea es que el SMI represente el 60% del salario medio. Pasando en 2008 de 600€ a 800€ (14 pagas anuales) en 2012, es decir un IK=0,6.

[2] El Salario de reserva es el mínimo salario al que los trabajadores estarían dispuestos a ofrecer trabajo en el mercado laboral.



Bibliografía:

Los efectos del salario mínimo : evidencia empírica para el caso español Dolado, Juan JoséGetafe (Madrid) : Universidad Carlos III de Madrid, 1997
El salario mínimo y sus efectos sobre el mercado de trabajo Cebrián, Inmaculada y otrosMinisterio de Trabajo e Inmigración, D. L. 2010


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